Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – Por considerar que el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) fue omiso en su sentencia y no juzgó desde una perspectiva de discapacidad y violentó derechos políticos de la ciudadanía, magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron una nueva sentencia y dieron la razón a una ciudadana y un ciudadano a quienes reconoció tener interés jurídico al impugnar la asignación de candidaturas en las planillas a las presidencias municipales de Othón P. Blanco, Cozumel y Solidaridad y no cubrirse las acciones afirmativas por discapacidad.
Durante su sesión de este miércoles, los magistrados revocaron los juicios del TEQROO aplicados para rechazar los ocho medios de impugnación interpuestos por personas con discapacidad, bajo el argumento de no tener la quejosa interés jurídico y de que se trata -según argumentó en su momento la magistrada Claudia Carrillo Gasca – de un tema partidista al estar la quejosa integrada en la planilla de Movimiento Ciudadano (MC).
Los magistrados de la Sala Regional Xalapa confirmaron que la parte quejosa tiene interés legítimo para impugnar el supuesto cumplimiento de acciones afirmativas de las candidaturas de la fórmula para acceder al cargo de la primera Regiduría del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, postulada por la Coalición parcial “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo” -conformada por los partidos MORENA, del Trabajo (PT) y Verde ecologista de México (PVEM)- así como también las candidaturas de la fórmula de la primera Regiduría de Othón P. Blanco; de la fórmula al cargo de Síndico propietario de Solidaridad y de la fórmula al cargo de Síndica propietaria de Cozumel, todas ellas, presentadas por la Coalición “Fuerza y Corazón por Quintana Roo” -integrada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).
Los magistrados de la instancia federal ordenaron al Teqroo analizar si las candidaturas impugnadas reúnen los requisitos y se ajustan a los criterios emitidos por el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) en el sentido de si alguna de estas candidaturas simuló una discapacidad como lo manifestaron las actoras.
Cabe recordar que el 16 de abril, diversas personas que se ostentaron como personas con discapacidad impugnaron con el apoyo de la Defensoría Pública Electoral para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Estado de Quintana Roo diversos acuerdos del Ieqroo respecto a candidaturas que se registraron bajo la acción afirmativa de personas con discapacidad, ya que consideraban que estas candidaturas pretendían simular tener una discapacidad.
El 24 de abril, por unanimidad, los magistrados del TEQROO desecharon los ocho medios de impugnación al considerar que la parte quejosa no tenía interés jurídico y que no existía una afectación a sus derechos político-electorales ya que no estaban registradas en alguna de las planillas que impugnaron.
Posteriormente, dos ciudadanas con discapacidad a través de la Defensoría Pública Federal impugnaron la sentencia del TEQROO ante la Sala Regional Xalapa del TEPJF al considerar que el Tribunal local no tomó en cuenta la discapacidad evidente que padecen y que sí tienen interés jurídico y legítimo pues hay una afectación a la representación real de las personas con discapacidad. (Noticaribe)