A REVISIÓN CADA DOS AÑOS, ESQUEMA DE REGIÓN Y FRANJA FRONTERIZA: Registros como empresa de la frontera tendrán vigencia hasta junio del 2025, según acuerdo aprobado por AMLO a horas de dejar la presidencia y publicado en el DOF

0
14

Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Luego de ser utilizado por décadas para la importación para comercio y equipamiento de hoteles y restaurantes en las dos bajas californias, Quintana Roo y la frontera norte con México, el decreto conocido como región y franja fronteriza será renovado cada dos años de manera oficial, según acuerdo aprobado por Andrés Manuel López Obrador horas antes de terminar su mandato y publicado en el Diario Oficial de la Federación este 30 de septiembre.

Cabe señalar que este decreto se renovaba cada dos o cuatro años desde los años 90 y sustituyó al de zona libre que prevaleció en los años 70 y 80’s.

De acuerdo con lo publicado en el DOF se reforman los artículos 5, fracciones I, II y III, todas ellas en su encabezado, y el transitorio Primero del Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2008 y sus posteriores modificaciones, y las mercancías identificadas en las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación que a continuación se indican, estarán totalmente desgravadas:

Las mercancías identificadas en las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación que a continuación se indican, estarán gravadas con una tasa del 5 por ciento; Las mercancías identificadas en las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación que a continuación se indican, estarán totalmente desgravadas, en los cupos anuales que a continuación se establecen, según las reglas de asignación que establezca la Secretaría:

El presente Decreto entrará en vigor el 10. de enero de 2009 y concluirá su vigencia el 30 de septiembre de 2026.

Además, los registros como empresa de la frontera vigentes a la entrada en vigor del presente decreto tienen vigencia hasta el 30 de junio de 2025, sin perjuicio de que puedan obtener un nuevo registro o ampliar la vigencia del mismo siempre que se cumpla con las disposiciones que al efecto emita la Secretaría de Economía. (Noticaribe)

Comentarios en Facebook

DEJA UN COMENTARIO

Please enter your comment!
Please enter your name here