Home Quintana Roo Chetumal A FIN DE GARANTIZAR EL DERECHO A LA LIBRE MANIFESTACIÓN DE LA...

A FIN DE GARANTIZAR EL DERECHO A LA LIBRE MANIFESTACIÓN DE LA CIUDADANÍA: Aprueban diputados locales cambios al recién modificado Código Penal de Quintana Roo

0
128

Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Luego de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) interpusiera recursos de inconstitucionalidad contra las reformas hechas al Código Penal que aplicaron penas más severas contra quienes realizaran manifestaciones y bloqueos, diputados de la Décimo Octava legislatura aprobaron la propuesta de modificación enviada por la gobernadora, Mara Lezama que garantiza el derecho a la libre manifestación de la ciudadanía.

A través del consejero jurídico, Carlos Felipe Fuentes del Río, la gobernadora envió la propuesta de corrección al artículo 182 a finales de febrero y el 31 de marzo fue dictaminada y aprobada para garantizar el derecho a la libre manifestación pacífica en la persecución del delito de ataques a las vías de comunicación y a los medios de transporte.

De acuerdo con la corrección hecha, el Código Penal no castiga cualquier acto que obstaculice las vías de comunicación y reduce los actos y los objetos dañados o destruidos que pueden ser considerados como configurativos del delito de ataque a las vías de comunicación, y le añade los daños o la destrucción de medios de transporte.

Además, se eliminó la disposición que penaba la obstaculización dolosa de vías de comunicación con vehículos del servicio de transporte retenidos, actos que ya estaban contemplados en el Código Penal.

Es de recordar que grupos de madres buscadoras y feministas externaron su rechazo a la reforma al Código Penal y a la Ley de Movilidad ya que el congreso local aprobó el documento mediante el cual se castigaría por el delito de ataques a las vías de comunicación “al que de cualquier modo dañe, altere, destruya, obstaculice o modifique alguna vía, mobiliario de infraestructura vial o de transporte destinado a la prestación de los servicios público o privado y que no sean de competencia federal, interrumpiendo o dificultando los servicios”.

La corrección aprobada señala que se sancionará “al que de cualquier modo dañe o destruya, alguna vía o medio de comunicación o de transporte destinado a la prestación de los servicios público o privado de transporte en cualquiera de las modalidades contempladas en la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo que no sean de jurisdicción federal; o dañe o destruya las señales correspondientes, interrumpiendo o dificultando los servicios de emergencia, se aplicará prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a doscientos días multa”.

El párrafo corregido ahora dice: “Las mismas penas se impondrán al que retenga cualquier vehículo destinado al servicio público o privado de transporte en cualquiera de las modalidades contempladas en la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo”, eliminando toda la segunda parte del párrafo original.

En lo demás, se mantendrán los agravantes de penas y la persecución de oficio cuando los delitos de ataques a las vías de comunicación los cometan taxistas.

Cabe recordar que la propuesta de reforma al código penal estaba dirigida para perseguir de oficio y agravar las penas a las agresiones y bloqueos realizados por los taxistas en Quintana Roo y a quienes lesionaran la imagen turística de la entidad. (Noticaribe)

Comentarios en Facebook
error: