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IMPUGNAN SENTENCIA DEL TEQROO: Parte quejosa recurre al TEPJF en busca de nulidad de elección de personas juzgadoras en Quintana Roo

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Luego de que el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) desechó el juicio de nulidad del resultado de la elección de personas juzgadoras, así como la constancia de mayoría otorgada a José de la Peña y Raúl Galán Muedano, el excandidato Adrián Armando Pacheco Salazar recurrió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para dar marcha atrás a la sentencia de la instancia jurisdiccional local.

En su queja, el afectado consideró que la interpretación del Teqroo en cuanto a la falta de experiencia en materia judicial de José de la Peña y Raúl Galán es errónea ya que la Constitución del Estado y la convocatoria pública general para la elección judicial emitida por el Congreso del Estado establecen que los 5 años de práctica profesional son un requisito de elegibilidad, “porque se trata de una condición objetiva, mínima, obligatoria, verificable y medible que la constitución indica que se requiere para ocupar el cargo de magistrado del TSJE, y que se acredita con documentos, siendo uno de ellos la cédula profesional”.

Hizo mención a sentencias y criterios de la Sala Superior del TEPJF que señalan que los requisitos de elegibilidad se pueden revisar e impugnar no sólo en la etapa de registro de candidatos, sino también al momento de la entrega de constancias a los ganadores de la elección.

Además, la parte quejosa impugnó el hecho de que el Teqroo rechazara su prueba superviniente, consistente en la cédula profesional que demuestra que José Raúl Galán Muedano carece de 5 años como licenciado en Derecho, hasta el dictado de la resolución del juicio de nulidad y no antes del cierre de la instrucción del mismo, además de que hizo valoraciones inexactas sobre el documento y consideró no tomarlo en cuenta con base en que ya no podía revisar el supuesto requisito de idoneidad.

Cabe señalar que el Teqroo determinó qué no correspondía a su función o del Ieqroo determinar la elegibilidad de Raúl Galán ya que fue decisión de los comités de evaluación de los poderes que determinaron y avalaron las solicitudes de registro de los aspirantes a personas juzgadoras.

La impugnación ante el TEPJF también cuestiona la decisión del Teqroo de sobreseer los agravios relacionados con el cambio del modelo de las boletas electorales y el sistema de votación, los criterios de paridad y la especialización por sala.

El excandidato pide que el TEPJF declare nula la elección de magistrados del TSJE por el cambio de color del marco correspondientes a los candidatos del Poder Judicial en la boleta para votar, pues en el modelo aprobado se indicó que sería rosa, pero en la impresión resultó morado, considerando que el Teqroo realizó una valoración indebida de sus afectos. (Noticaribe)

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