Por Itzel Chan
MÉRIDA, MX.— El Congreso del Estado de Yucatán aprobó reformas al Código Penal que endurecen las consecuencias para quienes incumplan con sus obligaciones de asistencia familiar, particularmente en los casos de omisión de pensión alimentaria.

Las modificaciones a los artículos 33 y 221 establecen que las personas procesadas o sentenciadas por este delito deberán cubrir no solo las pensiones alimenticias vencidas, sino también las deudas que las víctimas hayan contraído para garantizar su subsistencia, además de los honorarios legales de la parte demandante.
La reforma introduce condiciones más estrictas en los casos que involucran a personas adultas mayores como víctimas. En estos supuestos, el acusado deberá demostrar que ha cubierto la totalidad de la deuda alimentaria y las obligaciones derivadas para que la acción penal pueda extinguirse, eliminando la posibilidad de que un pago parcial tenga efectos liberatorios.
Las nuevas disposiciones también se aplicarán a procesos que se encuentran actualmente en curso y que aún no cuentan con sentencia definitiva, por lo que jueces y agentes del Ministerio Público deberán ajustar su actuación a este esquema más riguroso.
Aunque se endurecen las obligaciones patrimoniales para los responsables, las sanciones previamente contempladas en la legislación, como multas, pérdida de derechos familiares y penas de prisión, se mantienen vigentes, por lo que ahora podrán acumularse a las nuevas medidas establecidas en la reforma. (Noticaribe)












