Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- A menos de 24 horas de que la Décimo Octava Legislatura aprobó por mayoría la reforma electoral presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, este viernes entró en vigor su contenido tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Con ello, queda prohibido el nepotismo en candidaturas a presidencias municipales y en la integración de cabildos, así como la reelección, y se confirma la reducción del presupuesto para el Poder Legislativo a partir de la próxima legislatura.

De acuerdo con la reforma a los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, así como la adición de un párrafo cuarto al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, queda prohibido que en las planillas para presidente municipal, síndico y regidores participen personas que tengan o hayan tenido, en los tres años previos al día de la elección, vínculos de matrimonio, concubinato o unión de hecho, o parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado, en línea colateral hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, con quien ejerza la titularidad del cargo al que se postulan.

En el caso de las regidurías, los ayuntamientos que a la entrada en vigor del decreto cuenten con un número menor a 15 regidores conservarán su integración actual. Solo en caso de requerirse modificaciones por criterios de variación poblacional u otros requisitos, se ajustarán conforme a lo establecido en las constituciones y leyes de las entidades federativas.

Asimismo, el artículo 16 establece que las constituciones estatales deberán fijar que el presupuesto anual de las legislaturas locales no exceda el 0.70% del presupuesto de egresos de la entidad correspondiente, además de prohibir la reelección de diputadas y diputados para el periodo inmediato posterior a su mandato.

Las personas diputadas suplentes podrán ser electas como propietarias en el periodo inmediato, siempre que no hayan estado en funciones; en contraste, las propietarias no podrán ser electas como suplentes en el siguiente periodo.

De igual forma, se prohíbe la participación en elecciones legislativas de personas con vínculos familiares directos con quien ocupe la titularidad de la diputación en los términos ya establecidos.

El decreto también establece que las legislaturas locales deberán realizar los ajustes presupuestales necesarios para que las reducciones entren en vigor a partir de la siguiente legislatura. El presupuesto de los congresos estatales solo podrá actualizarse conforme a la inflación anual, sin posibilidad de ampliaciones o mecanismos que incrementen el gasto por encima del límite establecido.

Las entidades federativas deberán armonizar sus constituciones y leyes con estas disposiciones, así como implementar mecanismos de control, disciplina presupuestaria y responsabilidad administrativa para garantizar su cumplimiento.

En el caso de los órganos electorales, el INE, el Ieqroo y el Teqroo deberán ajustar sus disposiciones normativas, administrativas y presupuestarias conforme al decreto. El Congreso de Quintana Roo, en el ámbito de su competencia, deberá garantizar que los presupuestos de los entes públicos y autoridades electorales se apeguen a lo establecido en los artículos 116 y 134 constitucionales.

Asimismo, los recursos que se generen como ahorros por la reducción de presupuestos deberán destinarse a obras de infraestructura pública en beneficio de la población, bajo principios de legalidad, honradez, transparencia y austeridad.

El Congreso de Quintana Roo tiene como plazo hasta el 30 de mayo próximo para armonizar su marco jurídico con el decreto publicado. (Noticaribe)

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