Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX.- Por considerar que carece de interés jurídico y que la determinación no vulnera sus funciones como consejera presidenta, el pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) desechó por improcedente el juicio electoral interpuesto por Ruby Pacheco Pérez contra la determinación del Consejo General del Ieqroo, a propuesta del Órgano Interno de Control, de publicar la reforma a su Estatuto en el Periódico Oficial del Estado.

Pacheco Pérez argumentó que el acuerdo impugnado vulnera los principios de legalidad, seguridad jurídica, fundamentación, motivación y exhaustividad previstos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, así como los principios rectores de la función electoral contemplados en la Ley de Instituciones y Electorales para el Estado de Quintana Roo.
Además, señaló que el Consejo General incurre en omisión al no analizar de manera previa el contenido del Estatuto antes de instruir las gestiones administrativas y presupuestales necesarias para su publicación y difusión institucional como anexo del acuerdo impugnado, y que el OIC carece de facultades para gestionar la publicación de documentos ni para representar legalmente al instituto en realización de trámites ajenos a las atribuciones que la ley le confirió.
Ante ello, el Teqroo declaró improcedente la queja de Pacheco Perez ya que impugnó actos o resoluciones que no afectan su interés jurídico; además dejó establecido que el Consejo General, del cual forma parte como presidenta, tiene atribuciones para ordenar la publicación de ordenamientos, acuerdos y resoluciones.
El acuerdo impugnado por Pacheco Pérez no constituye una afectación a su esfera de competencia, concluyó el tribunal. (Noticaribe)









