CANCÚN, MX.- El secretario general del ayuntamiento, José de la Peña indicó que está a la espera de que la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte y Ecología les presente el acuerdo al que llegaron el pasado fin de semana y en el que se acordó que se deberá revocar la sesión del 5 de septiembre en la que se aprobó el PDU del 2013 para que se le presente al cabildo y si lo aprueban se estaría instalando el comité municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda y ahí se analice todo lo sugerido por los regidores.
Dijo que está a la espera que les hagan llegar este acuerdo y una vez que se haga se le presentará a los regidores para una sesión y aunque todos saben lo que se ha hablado respecto a este instrumento, considera que se deberá presentar a los regidores para que digan si se hará como lo pidió la comisión y si es así, posteriormente el cabildo gira las instrucciones para el comité.
Lo que acordó la comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Ecología es que se revoque el acuerdo de cabildo del 5 de septiembre y se solicita la reposición del procedimiento del Programa de Desarrollo Urbano, en donde se considera que hubo las irregularidades.
Pero será el Comité Municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda se encargará de hacer los trabajos y está conformado por 38 dependencias y ahí será donde se desarrollo todo incluso hay un reglamento que señala quiénes forman parte de este comité.
Hay que señalar que al actualizar el PDU, por la pasada administración se desaparecieron cinco planes de desarrollo y se actualizó el reglamento de construcción, así como el Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL), por lo que el secretario general del ayuntamiento descarta que vaya a ser complicado reponer el proceso del PDU, ya que es más bien técnico.
Y es que señala que el trabajo técnico del que todos tenían conocimiento se complicó y es que la junta de gobierno y el comité de Desarrollo Urbano y Vivienda desconoce lo que se presentó, por lo que se va a recuperar lo que sirva y sólo se va a reponer lo que quedó viciado.
La revisión de todo este instrumento dijo que le llevará el tiempo que sea necesario para hacer las revisiones técnicas, y no descarta que se puedan amparar los empresarios al derogar el instrumento del 2013 y quedar vigente el del 2005, “pero no creo que esto no afectará a nadie, porque no ha entrado en vigencia el de 2013″.
Asimismo indicó que para poder aprobar el PDU debió estar vigente el POEL, ya actualizado y no lo estaba, ya que se aprobaron ambos instrumentos en una misma sesión de cabildo, por lo que en la sesión de cabildo que se haga para reponer lo del PDU del 2013, se va a revocar el POEL, en una sesión y en otro punto se vuelve aprobar para evitar que no quede vigente.
Y es que el POEL está bien, “pero el problema es que se metieron juntos los dos instrumentos”. (Fuente: El Periódico)
MODIFICAR EL PDU NO SERÁ SENCILLO NI RÁPIDO
CANCÚN, MX.- La ruta para modificar el Programa de Desarrollo Urbano de Cancún (PDU) 2013, no será sencilla, ni rápida y tendrá que seguir, además de los pasos que establece la ley, garantizar total transparencia, a fin de evitar las mismas especulaciones que hoy enfrenta el proceso con que dicho instrumento de planeación, se actualizó en el pasado.
Lo anterior se concluye de la entrevista concedida a El Periódico, por el abogado, Alonso Ocampo Arjona, quien indicó que la revocación del numeral correspondiente a la sesión de Cabildo en que se aprobó el PDU 2013-2030, es apenas uno de los varios pasos marcados por el procedimiento establecido en la Ley de Asentamientos Humanos de Quintana Roo.
Una vez que la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, acordó –el sábado pasado- proponer al Cabildo, la revocación del acto de autoridad que dio pie a la aprobación del PDU, se tendrá que convocar a sesión para que los regidores decidan si aprueban o no la propuesta.
De ahí, lo que apruebe el Cabildo tendrá que publicarse en el Periódico Oficial del Estado e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, en los 20 días subsecuentes, explicó el consultor jurídico-ambiental-urbano, quien ha participado en diversos procesos de formulación, elaboración y actualización, no sólo de Programas de Desarrollo Urbano, sino de Programas de Ordenamiento Ecológico Local (Poels).
Ocampo Arjona expuso que para modificar –en este caso- el PDU 2013-2030, debe continuarse con los pasos que establece la Ley Estatal de Asentamientos Humanos, que incluye la instalación del Comité Municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda, órgano facultado por la citada ley, para realizar el análisis correspondiente.
Como parte de ese análisis, habrá de establecerse –dijo- el tipo de metodología que se aplicará y revisar cada una de las etapas seguidas por la anterior administración para realizar la actualización hecha al PDU.
Los componentes básicos de un PDU
Básicamente, detalló que un instrumento de planeación debe contar con una caracterización, que es una descripción de lo que existe, cuánto hay y dónde está. También de un diagnóstico, que establece cómo está lo que hay; y un pronóstico, es decir, los futuros escenarios que se prevén, de acuerdo a lo que existe, en donde existe y cómo existe.
“Después de contar con esa información, ya se le comienza a ‘meter caña’, o sea, a discutir los parámetros urbanos, en dónde y por qué” –prosiguió- “en esas discusiones técnicas, no se puede dejar de lado el aspecto jurídico; yo pondría mucha atención en ese tema porque hay que tomar en cuenta lo que dicen las leyes, reglamentos, normas, algunas de ellas han cambiado”, manifestó.
Otro aspecto que no debe soslayarse es los recursos que existen y pueden gestionarse para solucionar temas como la dotación de servicios e infraestructura urbana; cómo se hará la gestión, de dónde se obtendrán los recursos y marcar tiempos.
“Tenemos que tener muy clara la capacidad para tener claro para cuánto da el agua potable, en dónde estarán las áreas de equipamiento, en dónde se establecerán iglesias, escuelas, áreas verdes, hospitales, porque no todo es hablar de densidades, ni el PDU es únicamente la zona hotelera… incluye la ciudad que es un aspecto muy importante”, expresó.
Fundar y motivar vs discrecionalidad
Sobre lo que se ha discutido durante las últimas semanas en torno al tema, lanzó varias interrogantes, hizo algunas precisiones y difirió en algunas interpretaciones legales hechas.
Por ejemplo, respecto al acuerdo aprobado el sábado pasado por regidores que integran la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte, de revocar la aprobación del PDU 2013-2030 en la sesión de cabildo del 05 de septiembre, dijo que las causas para proponerlo, debieron “fundarse y motivarse”.
“Si el actual Cabildo aprueba ese acuerdo de comisiones, tendrá también que fundar y motivar, por qué quieren revocar lo aprobado por el anterior Cabildo, no nada más es porque les parece que está mal o bien. ¿A criterio de quién? Por eso todo acto de gobierno debe estar fundado y motivado”, subrayó.
Causas para cancelar un PDU
Como lo publicó El Periódico en su edición del 20 de diciembre pasado, los PDU’s pueden ser sometidos a revisión, modificación o cancelación, sujetándose “al mismo procedimiento que para su aprobación”, conforme lo establece el artículo 29 de la Ley de Asentamientos Humanos.
Los motivos para cancelarlos se determinan en el artículo 30 de la misma ley, y son cuatro:
Que exista una variación sustancial de las condiciones que le dieron origen; que se produzcan cambios en el aspecto financiero que los haga irrealizables o incosteables; que surjan técnicas diferentes que permitan una realización más satisfactoria y que sobrevenga “otra causa grave” que impida su ejecución.
La modificación o cancelación de un PDU puede ser solicitada por escrito a la autoridad que lo haya aprobado, ya sea por la Secretaría de Ecología Desarrollo Urbano; las dependencias o entidades estatales o municipales cuya competencia u objeto se encuentre vinculada con el PDU, la Comisión Consultiva de Desarrollo Urbano y Vivienda del estado, el respectivo Comité Municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda, las organizaciones sociales y privadas legalmente constituidas y los particulares interesados.
El abogado difirió con la interpretación legal esgrimida por la secretaría general del ayuntamiento de Benito Juárez, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de Quintana Roo (Seduvi), o de cuerpos colegidos como el Colegio de Arquitectos y organizaciones como el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), que sostienen que el PDU 2013-2030 no ha alcanzado vigencia legal, al no haber cumplido con su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, como lo establece el artículo 28 de la Ley de Asentamientos.
Argumentó que una vez publicado en el Periódico Oficial del Estado –como ocurrió el 26 de septiembre pasado-, el PDU es válido, vigente y por tanto aplicable, toda vez que su inscripción en el Registro Público, sólo “perfecciona el acto jurídico”, de su publicación en el Periódico Oficial.
La opinión del entrevistado en coincidente con la del ex director jurídico del ayuntamiento, Francisco Villarreal, quien sostiene que el PDU 2013 es vigente y que su inscripción en el Registro, es para efectos meramente “publicitarios”.
Precisó además que el papel del Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN) es el de un órgano de consulta del ayuntamiento y que los acuerdos a que lleguen los integrantes de su Junta de Gobierno o del Consejo Deliberativo ciudadano, surten efectos “únicamente” para el propio instituto. (Fuente: El Periódico)