“SE ADVIERTE LA NEGLIGENCIA CON LA QUE HA TRABAJADO”: El Gobernador o cualquier persona podría iniciar el proceso para la remoción del Fiscal en QR, dice abogado

0
56

Por Enrique Huerta

CANCÚN, MX.- No solo el gobernador  de manera directa, sino que  además cualquier persona a través de  la figura de juicio político ante el Congreso del estado, pueden causar la remoción del fiscal general, Miguel Ángel Pech, explicó Leopoldo Cruz, presidente de la Barra  de Abogados de la Riviera Maya.

En entrevista, el abogado explicó que ambos caminos se encuentran estipulados en la Constitución del estado de Quintana Roo.

En el primer caso, el del gobernador, está contemplado en el artículo 90, fracción 17, en el que se estipula que el titular del Ejecutivo puede “formular, remitir e instar a la Legislatura del estado el procedimiento de remoción del fiscal general por las causas y facultades que establezca la ley para tal efecto”.

Sin embargo, la carta magna de Quintana Roo estipula que este motivo debe ser originado por una o varias “causas graves”. Esta condición, agregó Leopoldo Cruz, se cumplen en el actuar del actual fiscal.
 
“Como hemos visto, ha habido situaciones graves, como lo que todo vimos en la del policía que pretendían vincular a proceso y que fue detenido bajo una orden de aprehensión, se le hizo saber  a la sociedad por él mismo (Pech) de que era el supuesto responsable de la muerte de  dos personas, entre ellas el camarógrafo y que resultó que no. Y aunque el fiscal se escuda diciendo que con los datos de prueba recapacitaron y se desistieron de la acusación, lo cierto es que podría ser una falta grave a su trabajo. Es un ejemplo”.
 

“Como hemos visto, ha habido situaciones graves, como lo que todo vimos en la del policía que pretendían vincular a proceso y que fue detenido bajo una orden de aprehensión, se le hizo saber  a la sociedad por él mismo (Pech) de que era el supuesto responsable de la muerte de  dos personas, entre ellas el camarógrafo y que resultó que no. Y aunque el fiscal se escuda diciendo que con los datos de prueba recapacitaron y se desistieron de la acusación, lo cierto es que podría ser una falta grave a su trabajo. Es un ejemplo”.

Además, añadió que ha habido otras situaciones en las que “se advierte la negligencia con la que ha trabajado”.

La segunda vía para remover al fiscal general del estado también se encuentra en la Constitución de Quintana Roo, en su artículo 160, que establece que cualquier funcionario puede ser cesado por el Congreso si un particular solicita su remoción a través de un juicio político.

“Cualquier ciudadano que haya sido afectado por la Fiscalía de forma grave, como en el caso del policía, bien podría presentar su juicio político”.

El  presidente de la Barra  de Abogados de la Riviera Maya consideró que con estas dos opciones que marca la Constitución política el estado, cualquiera de los dos poderes, tanto el Ejecutivo o Legislativo, pueden actuar para destituir al fiscal y no esperar a que uno u otro tome la iniciativa, como han dado a entender en diferentes ocasiones el gobernador Carlos Joaquín González y el presidente de la Gran Comisión del Congreso, Eduardo Martínez Arcila. “No necesitan esperar a que uno u otro comience”.
 

Si bien reconoció que no es fácil desempeñarse como fiscal general, “sí notamos una falta de liderazgo y se nota la falta de equipo de trabajo, lo que ha provocado violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales de la sociedad”. Incluso, dijo, se han registrado fallas en su actuar, que van desde desatención de sus funciones hasta negligencia.

“Ante esta presión social, sí deberían ya, cualquiera de los dos, iniciar este proceso para remover al fiscal”, aseveró el abogado entrevistado.

Situación provocada por laguna

Para Luis Armando Esquiel, miembro de la Barra de Abogados de Cancún, el hecho de que tanto el gobernador como el Congreso se “pasen la bolita” sobre quién debe solicitar la renuncia del fiscal Miguel Ángel Pech, se debe a una laguna jurídica.

Explicó que con las modificaciones legales en la Constitución del estado para dar origen a la Fiscalía General del Estado, quedaron lagunas que deben resolverse, como especificar a qué se refiere con “causa grave” para solicitar su remoción.

“No está muy bien reglamentada la forma en cómo se pueda sustituir o suplir a un fiscal. Entonces, en este caso, creo que lo más recomendable, es que se presente una renuncia y, en caso de ello, el gobernador tendría que proponer una terna al Congreso para que la rechazara o confirmara al elegido de la terna propuesta”

Coincidió en que tanto el gobernador como el Congreso deben enviar iniciativas para paliar ese vacío legal  y especificar cómo debe ser el nombramiento y aclarar las causas para remover o sustituir al fiscal. (Noticaribe)
Comentarios en Facebook