Advierte la Comisión de Derechos Humanos de QR que la iniciativa de la diputada Sonia López Cardiel, de someter a esterilización a mujeres que aborten por segunda ocasión, es punitiva y violatoria

0
46

Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Como una acción punitiva y violatoria de todo derecho humano, calificó la Comisión de los Derechos Humanos la iniciativa presentada por la diputada Sonia López Cardiel para realizar la salpingoclasia a las mujeres que soliciten por segunda ocasión la realización de un aborto, por lo que pidió sea reconsiderada la propuesta de reforma a disposiciones del Código Penal y la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo, presentada ante el Pleno del Congreso del Estado el 13 de marzo de 2019.

La propuesta del artículo 97 bis para el Código Penal, al tenor de la letra señala “quien encontrándose dentro de lo establecido en el artículo 97 fracción V tenga la intención de someterse por segunda ocasión a la práctica del aborto “no punible”, deberá, previa práctica, firmar una carta de consentimiento informado en cuanto a ser sometido a la aplicación de un método anticonceptivo definitivo. De no ocurrir lo anterior, las instituciones de salud pública en el estado no estarán obligadas a otorgar el servicio consistente en el aborto “no punible” y, si la persona se sometiera al mismo, será sujeta a las sanciones establecidas en el artículo 93 del presente Código” (sic).

La CDHEQROO consideró que dicha propuesta es discriminatoria porque restringiría el derecho de las mujeres a decidir sobre su plan de vida, limitando sus derechos sexuales y reproductivos, particularmente los relacionados a decidir cuántos hijos tener y a elegir los métodos de planificación familiar que se adecuen a su persona y porque, aplicado a mujeres que vivan en situación de pobreza, un procedimiento permanente de anticoncepción, es una práctica que diversos organismos internacionales han señalado como esterilización forzada, pues condicionaría a mujeres que vivan en situación vulnerable al acceso a un servicio de salud pública. Si bien se señala que se debe firmar una carta de consentimiento informado, el resultado de ello debe ser autónomo e independiente para acceder al procedimiento antes mencionado.

Estableció que se trata de una medida punitiva y discriminatoria que refleja prejuicios y estereotipos de género, ya que se castigaría a la mujer por abortar ,y de manera específica a las mujeres que viven vulneradas y empobrecidas, sin tomar en cuenta las  distintas situaciones que viven las mujeres en las que el aborto se volvería una opción.

El Consejo Consultivo de la CDHEQROO sugirió reconsiderar dicha iniciativa e incluir en su caso las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la jurisprudencia Interamericana relacionadas con las violaciones a derechos humanos de mujeres indígenas y otros por prácticas de esterilización forzada, la convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y otros instrumentos, como los informes de los Comités especializados derivados de tratados internacionales que atañen la despenalización del aborto.

También sugirió revisar el concepto de Interés Superior de la Niñez, porque si bien es un principio interpretativo y eje rector que debe incluirse en cualquier situación jurídica y en las políticas públicas, en la iniciativa se usa como argumento para el acceso a la práctica del aborto, siendo que ésta es una cuestión relacionada con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. (Noticaribe)

Comentarios en Facebook