La Fiscalía General del Estado determina el no ejercicio de acción penal contra personas acusadas por el ex cónsul de Italia en Playa del carmen

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- A casi un año que el ex cónsul de Italia en Playa del Carmen, Andrea Giuseppe Sabbia interpusiera una denuncia contra Giulio Sabbia, Rodolfo Ulises Ruiz Sánchez, Francisco Antonio Flores Chulim, Rodolfo Cetina Heredia, Luz Natyeli Ruiz Sánchez y Luis Gerardo Pool Cahuich, por los delitos de tráfico de influencias, promoción de conductas ilícitas, cohecho y distracción de recursos públicos, la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo determinó el no ejercicio de la acción penal contra los imputados, por considerar que no se aportaron los elementos para comprobar el delito.

De acuerdo con la carpeta de investigación FGE/QR/DRMPRM/ATP/07/4717/2018, Andrea Giuseppe Sabbia –ex cónsul de Italia en Playa del Carmen desde el 3 de octubre de 2014- interpuso una denuncia con base en un anónimo que manifiesta que Giulio Sabbia realizó un pago a favor del diputado Juan Carlos Pereyra para manipular un Juicio de Amparo Directo y otro Juicio de Cumplimiento de Contrato, aunque no se aportaron elementos de prueba que sustenten el dicho.

El ex cónsul italiano, según la sentencia, presentó la transcripción de una supuesta llamada anónima, pero sin especificar circunstancias de tiempo, modo y lugar respecto de la comisión de los hechos denunciados ni tampoco el teléfono celular para realizar las periciales correspondientes que acrediten la veracidad de la supuesta llamada telefónica que refiere en su escrito inicial de denuncia.

Sin existir en la carpeta de investigación mayor información, datos ni medios de convicción que hagan suponer que los hechos denunciados realmente ocurrieron.

La investigación, según documento, considera como irrisorio que una supuesta llamada realizada por una persona desconocida se pueda tomar como cierta, sin tener algo que soporte dicho hecho, toda vez que solamente se menciona el apellido “Pereyra” sin que sea específico el nombre del diputado, además que no se explicó a qué supuesto juez se le realizó el pago.

Ante tales circunstancias, la autoridad ministerial determinó el no ejercicio de acción penal, también dentro de otra carpeta investigación marcada con número 2637/2018, en donde la persona moral “Tupai” S. A. de C. V. por conducto de Susana Romero Velasco, presenta denuncia por abuso de autoridad, fraude procesal, promoción de conductas ilícitas y cohecho contra Rodolfo Ulises Ruiz Sánchez, Francisco Flores Chulim y Giulio Sabbia,  basándose en los mismos hechos de la denuncia presentada por Andrea Giuseppe Sabbia.

La investigación refiere que, “sin duda los elementos del cuerpo de estos delitos de la mismo forma no se encuentran debidamente acreditados”, porque como se ha manifestado del contenido de esta resolución, estos ilícitos penales denunciados por lo ciudadana Susana Romero Velasco, “devienen de una llamada telefónica anónima de la cual nace la presente denuncia, y que no cumple con los requisitos legales propios de una denuncia formal”, sin perder de vista que el propio Andrea Giuseppe Sabbia participa en esta sociedad mercantil “Tupai” S. A. de C. V., al tener firma autorizada en las cuentas bancarias de dicha sociedad, además de ser su esposa Francesca Antinori apoderada legal de la mismas, lo que en todo caso podría constituir una simulación de actos jurídicos. (Noticaribe)

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