Teqroo declara inexistentes las conductas denunciadas contra Gerardo Fernández Noroña, Carlos Mimenza y la coalición Juntos Haremos Historia por QR

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Por Rafael briceño

CHETUMAL, MX.- Los magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declararon inexistentes las conductas denunciadas contra Carlos Mimenza Novelo, Gerardo Fernández Noroña y la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo al resolver quejas de procedimientos especiales sancionadores por supuestas acciones de violación al principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos y proselitismo electoral en las pasadas elecciones.

Los magistrados resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador 095/2019 que presentó el Partido Acción Nacional y Roxana Lili Campos Miranda contra la página de Facebook “Ventana Política” y Carlos Antonio Mimenza Novelo por la supuesta contratación, realización y difusión de propaganda electoral con contenido calumnioso, causando afectación a la imagen de la candidata y actora en este procedimiento; el 096/2019 que interpuso Raúl Fernández León en contra de Gerardo Fernández Noroña, Hernán Villatoro Barrios y la coalición “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo” por la supuesta violación del principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos y proselitismo electoral en días hábiles.

De igual manera, fue incluido el PES/097/2019 que presentó Raúl Fernández León en contra de Gerardo Fernández Noroña, Angélica del Socorro Chulin y la coalición “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo” por la supuesta violación del principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos y proselitismo electoral en días hábiles.

Y por último, el PES/098/2019 que interpuso Raúl Fernández León en contra de Gerardo Fernández Noroña, María Antonieta Aguilar Ríos y la coalición “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, por la supuesta violación del principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos y proselitismo electoral en días hábiles.

Las magistradas y el magistrado que integran el pleno del Teqroo determinaron declarar, por unanimidad de votos, la inexistencia de las conductas denunciadas, toda vez que del caudal probatorio no fue posible determinar la responsabilidad en cada uno de los asuntos denunciados. (Noticaribe)

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