REVISARÁN SENTENCIA POR PEDERASTIA CONTRA SUCCAR KURI: Logra defensa amparo para reponer proceso de apelación a condena de 112 años de prisión

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Por Julio César Solís

CANCÚN, MX.- Jean Succar Kuri tiene una nueva oportunidad de salir libre, luego que logró que sea revisada la sentencia de apelación en la que se había confirmado una pena de 112 años y seis meses de cárcel por los delitos de pornografía infantil y corrupción de menores, dictado por el Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito de Quintana Roo.

Con el amparo directo 329/2017, resuelto el pasado viernes 7 de febrero por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, el empresario de origen libanés logró que se reponga el proceso en el dictado de apelación, aunque permanecerá en prisión preventiva en la cárcel de Cancún.

El amparo directo fue ingresado el 16 de octubre de 2017.

“Para los efectos precisados en el último considerando de esta ejecutoria, la justicia de la Unión ampara y protege a Jean Thouma Hannah Succar Kuri contra la sentencia de segunda instancia pronunciada el veintiuno de julio de dos mil dieciséis, por el Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, ahora Primer Tribunal Unitario del citado Circuito”, precisa la resolución de los magistrados Laura Granados Guerrero; Gerardo Dávila Gaona, y Sandra Alicia Castelán González.

En síntesis, la sentencia explica que como a Jean Succar Kuri le acumularon las penas por cada una de las víctimas, se tiene que justificar correctamente porqué se decidió de esa manera.

Asimismo, señala que aunque sí se demuestra la pornografía infantil, el delito de corrupción de menores que adicionalmente se le imputa debe ser estudiado bajo el Código Penal de Quintana Roo y no por el Código Penal Federal.

A 16 años de su detención

En 2003, a casi 10 años de llevar a cabo ese tipo de prácticas, fue cuando salió a la luz una amplia red de tráfico sexual y pornografía infantil que involucraba al empresario de origen libanés Jean Succar Kuri.

Aunque evadió a la justicia de Quintana Roo, ‘El Johnny’ fue capturado el 5 de febrero del 2004 en Chandler, Arizona donde permaneció durante más de dos años detenido, mientras enfrentaba el proceso de extradición, solicitado por las autoridades mexicanas.

El 22 de septiembre de 2004 el Gobierno de México presentó la petición formal de extradición internacional de Succar Kuri por diversas órdenes de aprehensión giradas en su contra.

El 4 de abril de 2006 el juez magistrado para el Distrito de Arizona, David K. Duncan, otorgó la extradición del detenido por los delitos que se le imputaban en México y el Departamento de Estado, en Washington, ordenó por la vía diplomática el 14 de julio de 2006 la entrega a México del pederasta.

En 2011 fue sentenciado a 112 años de prisión

En 2011, José Ángel Mattar Oliva, magistrado del Tribunal Unitario de Circuito con residencia en Cancún, modificó la sentencia de 13 años un mes y 15 días que impuso en marzo de ese año a Jean Thouma Hannah Succar Kuri el juez Segundo de Distrito, Alfonso Gabriel García Lanz.

Al resolver el recurso de apelación interpuesto contra la condena, José Ángel Mattar Oliva decidió imponer 16 años de prisión a Succar por cada uno de los siete menores de edad a los que el pederasta grabó y exhibió en Internet para comercializar sus imágenes, con lo que se acumularon los 112 años de prisión de la sentencia.

El magistrado ratificó en esa ocasión que el sentenciado debía pagar como reparación del daño a cada uno de los agraviados la suma de 350 mil pesos, pero cambió el monto de la multa que se le impuso en la sentencia de primera instancia, la cual se incrementó de 85 mil 837 pesos a 527 mil 874.

Succar Kuri pagó además, como reparación del daño moral, el costo de todos los tratamientos de rehabilitación física y psicoterapéutica de sus víctimas, pues el magistrado consideró que este concepto no está incluido en la suma de 350 mil pesos antes citada.

Mediante un amparo directo promovido y ganado por su abogado Fernando Lechuga, pues encontró una omisión en el expediente (carecía del nombre del secretario que asistió al juez), quedó sin efecto la condena, aunque unas semanas después y ya subsanado el error, el Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito con sede en Cancún, ratificó la sentencia de 112 años de cárcel, aunque el Código Penal Federal establece una pena máxima de 60 años por estos delitos.

En 2014 perdió un amparo directo

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó en abril de 2014, a través de un comunicado que el Tribunal resolvió en sentido negativo el amparo directo 216/2013 que había obtenido Jean Succar Kuri a fin de reponer el proceso de sentencia en su contra.

La resolución del Tribunal Unitario, precisó el CJF, fue subsanar la “deficiencia formal” mediante la cual Succar Kuri obtuvo el amparo que le concedió el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito.

Por una omisión “técnica”, el Primer Tribunal Colegiado concedió un amparo directo contra la sentencia condenatoria a Succar Kuri, ‘El Johnny’.

Esta omisión consistió en que el secretario de acuerdos del Tribunal Unitario no firmó el expediente en el que se confirmaba la sentencia condenatoria contra el empresario de origen libanés. (Noticaribe)

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