CIUDAD DE MÉXICO, MX.- Diputados del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena) presentaron una iniciativa de reformas constitucionales que permitan castigar con pena de muerte los delitos de violación, feminicidio y homicidio doloso, publicó publimetro.com.mx.
La iniciativa fue presentada por Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados del Verde, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández, Alfredo Antonio Gordillo, Ana Patricia Peralta y Erika Mariana Rosas, de Morena.
Indicaron que ésta será complementada por las iniciativas de reformas a la legislación secundaria correspondiente, las cuales se presentarán de manera posterior, que propone pena de muerte para los siguientes delitos:
- Violación. Cuando los violadores asesinen a su víctima y ésta sea menor de edad.
- Feminicidio. Cuando la víctima sea menor de edad.
- Homicidio doloso. Cuando la víctima sea menor de edad.
“Las constantes agresiones de los delincuentes hacia la sociedad y sus instituciones requieren por parte del Estado de una respuesta contundente para resolver un problema que nos agobia desde hace casi quince años”, expone el texto publicado este martes en la Gaceta Parlamentaria.
La propuesta pretende reformar los artículos 18, 22 y 29 de la Constitución, además de adicionar un nuevo párrafo undécimo al artículo 94, mismos que actualmente prohíben la pena de muerte.
En el texto se hace referencia a los casos de los feminicidas de Ecatepec y Toluca, así como a los casos de Lupita “Calcetitas rojas”, Ingrid Escamilla y el de Fátima Cecilia, los cuáles son “crímenes tan espantosos como abominables, cometidos por delincuentes sin escrúpulos que en muchos casos no sólo no muestran ningún tipo de remordimiento frente a sus brutales actos, sino que incluso experimentan placer y gozo con ellos”.
LA RUTA
México ha ratificado diversos instrumentos internacionales para abolir la pena de muerte, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como los protocolos de ambos.
Para que un país pueda desvincularse de un tratado internacional debe seguir las disposiciones de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, que según su artículo 54 un Estado puede retirarse de un tratado:
- Conforme a las disposiciones del propio tratado relativas a la denuncia
- Con el consentimiento de todas las partes después de consultar a todos los Estados contratantes; o
- En el caso de un tratado que no contenga ninguna disposición sobre el retiro o la denuncia, dando un aviso previo de al menos doce meses.
La pena de muerte se encuentra proscrita del orden jurídico mexicano desde el año 2005, la Constitución Política expresamente la prohíbe, por ello, para implementarse nuevamente debe adecuarse el orden jurídico en los siguientes términos:
- Reformar el párrafo segundo del artículo 18 constitucional, relativo a la reinserción social como base del sistema penitenciario
- Reformar el artículo 22 constitucional, relativo a la prohibición de la pena de muerte
- Reformar el párrafo segundo del artículo 29 constitucional, relativo a las materias excluidas de los decretos de restricción o supresión de derechos
- Adicionar un párrafo al artículo 94 constitucional, a fin de facultar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver los amparos en materia de pena de muerte