Dos responsables de la Estela de luz deberán devolver casi 450 mdp por irregularidades en compra de acero

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CIUDAD DE MÉXICO, MX.- La Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), confirmó este miércoles la existencia de irregularidades alrededor de la construcción de la Estela de Luz, por lo cual ratificó que hay una responsabilidad resarcitoria que debe ser acatada por dos de los responsables de la construcción del proyecto, publicó sdpnoticias.com.

Al corroborar que en el proceso para erigir el monumento llevado a cabo durante la administración de Felipe Calderón, los responsables incurrieron en la simulación de compra de acero a sobreprecio, el tribunal validó la responsabilidad resarcitoria fincada desde marzo de 2009 por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) contra los implicados.

Sobre los imputados, reporten destacan que se trata de Andrés León Reguera, residente de obra al que la ASF fincó responsabilidad por 216.3 millones de pesos, así como a Juan Alberto Bravo Hernández, quien fungió como asesor técnico administrativo y debido a sus acciones, deberá responder por un daño de 230 millones de pesos a la hacienda pública federal.

Cabe destacar que las autoridades documentaron que en abril del 2010, León y Bravo dictaminaron un supuesto cambio de acero inoxidable por el cual el costo del proyecto se disparó a 3 mil 165 millones de pesos.

Sin embargo las investigaciones alrededor de dicho movimiento, permitieron que el TFJA confirmara este día que en realidad, el supuesto nuevo acero que se adquirió para el proyecto era igual al originalmente planeado.

Al respecto, la magistrada Nora Urby Genel apuntó en sesión general del Tribunal que no solo no se cambió el tipo de material contratado originalmente, sino que además no se modificó el diámetro utilizado.

Por ello, el tribunal rechazó el argumento de los indiciados, quienes afirmaban que no existen daños a la hacienda pública, pues referían que el dinero proviene de Banjército y fue pagado a paraestatal III Servicios.

La sentencia aún puede ser impugnada por ambos implicados, quienes cuentan con la posibilidad de presentar un amparo directo ante un tribunal colegiado de circuito en materia administrativa, sin embargo de confirmarse de forma definitiva las resoluciones de la ASF, se convertirán en créditos fiscales que deberá ejecutar el SAT. (Fuente: sdpnoticias.com)

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