Otros municipios podrían seguir los pasos de Solidaridad contra la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado

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CANCÚN, MX.- Como resultado de la controversia constitucional ingresada por el Ayuntamiento de Solidaridad en contra de la Ley de Acciones Urbanísticas, resuelta a su favor por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ellos no están obligados a entregar el 20% de sus áreas de donación al Gobierno del Estado y sus desarrolladores están exentos de obtener una constancia de compatibilidad urbanística; pero son cambios que solo aplican en ese municipio, a menos que otra comuna también siga su ruta jurídica.

Así lo afirmó Tayde Favila Soriano, empresaria del sector inmobiliario o integrante de Cultura Cívica, quien explicó que los magistrados de la Corte Suprema constataron que dos artículos de esa ley, el 5 y el 46, eran inconstitucionales, ya que invadían la esfera municipal, por lo que determinó su inaplicación para el quejoso, el Ayuntamiento de Solidaridad.

Por tanto, en ese municipio, un desarrollador solo tendrá que conseguir una licencia de construcción y los demás requisitos de ley para iniciar una construcción; sin embargo, en el resto del estado, todavía deberán realizar un trámite más, ante el Gobierno del Estado, para obtener la constancia de compatibilidad urbanística.

Para que se amplíe al resto de la entidad, otros gobiernos municipales también debieran inconformarse, basados en el precedente obtenido por Solidaridad, para que también quede anulado en su geografía este trámite, así como la obligación de entregar el 20% de los terrenos que obtienen por cesión de desarrolladoras.

Por un lado, la empresaria consideró que esto es una medida positiva, pues la actividad inmobiliaria de por sí está sobre regulada, pese a ser uno de los motores económicos del estado; pero por otro, se trata de un trámite que ya está vigente desde hace más de dos años, por lo que su eliminación pudiera generar confusión e incluso incertidumbre.

Recordó que este trámite fue incluido como parte de una reforma urbanística propuesta por el Gobierno del Estado, luego de foros y mesas.

“Pero bueno, todas las leyes son perfectibles y modificables si son para el bien común. Si esto abona a un mayor bienestar, entonces es una medida positiva”, mencionó, aceptando que efectivamente la medida violentaba la autonomía municipal, garantizada en el Artículo 115 Constitucional.

La determinación de la SCJN ocurre justo en momentos en el que se trabaja en el reglamento de estas leyes, como la de Asentamientos Humanos, y obliga a ser tomada en cuenta antes de la publicación de la misma.

Otra interrogante es cómo enfrentará el Gobierno del Estado la necesidad de terrenos para sus oficinas y otra infraestructura. (Agencia SIM)

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