Revés del TEPJF a Porfirio Muñoz Ledo; Morena sin obligación de postularlo a reelección

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CIUDAD DE MÉXICO, MX.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena, por la que negó a Porfirio Muñoz Ledo la posibilidad de reelegirse como diputado federal por el principio de representación proporcional, publicó El Financiero.

Por unanimidad de votos, las magistradas y magistrados de la Sala Superior del TEPJF señalaron que Muñoz Ledo no cumplió con el procedimiento establecido por su partido.

Con ello, se cerró en definitiva el litigio que emprendió por Muñoz Ledo en abril pasado, tras ser excluido de la lista de candidatos de Morena a la reelección como diputado federal.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, la Sala Superior determinó que Muñoz Ledo no se inscribió en el procedimiento, por lo que no había deber alguno del partido Morena para valorar su perfil.

El 15 de diciembre de 2020, Muñoz Ledo presentó, ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados, la carta de intención para ser reelecto.

Ocho día después, el Comité Ejecutivo Nacional de Morena emitió la convocatoria al proceso de selección de sus candidaturas a diputaciones federales, por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

Sin embargo, la Comisión Nacional de Elecciones le hizo ajustes, y posteriormente publicó la lista de candidaturas a diputaciones en la que no se incluyó a Muñoz Ledo.

El 29 de marzo pasado, Muñoz Ledo presentó un escrito ante la Comisión Nacional de Elecciones para ser considerado para su reelección; sin embargo, no resultó seleccionado.

Días después impugnó ante la Sala Superior del TEPJF, quien ordenó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, decidir si Muñoz Ledo tenía o no derecho a ser considerado al cargo que aspiraba, la cual confirmó la negativa.

Y es que el partido dijo que aun cuando Muñoz Ledo presentó su intención de ser considerado para ser reelecto, no hizo el registro de acuerdo con la convocatoria interna del partido.

Entonces Muñoz Ledo, en sus argumentos, aseguró que la Comisión incurrió en una omisión procesal, incumplió con las obligaciones establecidas en la Ley General de Partidos Políticos y en su estatuto interno. Incluso enfatizó que realizó su registro en tiempo y forma.

Al realizar el estudio de fondo, las magistradas y magistrados consideraron infundados e inoperantes los agravios expuestos por Muñoz Ledo. En el análisis se observó que Muñoz Ledo no se inscribió en el procedimiento, por lo que no había deber alguno de valorar su perfil. (Fuente: El Financiero)

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