Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX.- Debido a que la queja contra el proceso interno de Movimiento Ciudadano para la selección de candidatos a diputados no se presentó ante el órgano de justicia intrapartidaria para impugnar el acto de la Comisión Nacional de Convenciones y Procesos Internos, magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró, por unanimidad, improcedente el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense interpuesto por Julio de Jesús Méndez Paniagua, contra el dictamen emitido el 3 de marzo.
El Pleno determinó que Méndez Paniagua no agotó la definitividad, es decir, no acudió previamente ante su órgano de justicia intrapartidaria para impugnar el acto de la Comisión Nacional de Convenciones y Procesos Internos del partido Movimiento Ciudadano por lo que decidió reencauzar este juicio ciudadano a la Comisión de Justicia Intrapartidista del Partido Movimiento Ciudadano, para que conforme a su normativa interna resuelva a la brevedad posible lo que a derecho corresponda y, en un término de 24 horas posteriores a que resuelva el asunto reencauzado, informe al Teqroo el cumplimento de lo ordenado. (Noticaribe)