No incurrió Hernán Villatoro en violencia política contra la mujer en razón de género por declaraciones hechas contra la comisionada del PT, Patricia Casados Pajin, determina el Teqroo.

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Debido a que no se acreditó ningún acto o manifestación que vulnere la integridad o menoscabo de un derecho de la comisionada del Partido del Trabajo, Patricia Casados Pajin, por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinaron que el diputado Hernán Villatoro Barrios no incurrió en violencia política contra la mujer en razón de género, al resolver el Procedimiento Especial Sancionador interpuesto en su contra.

Los magistrados atendieron el Procedimiento Especial Sancionador PES/012/2022 presentado por la comisionada del PT contra Hernán Villatoro por la supuesta realización de expresiones que, a su parecer, actualizaban hechos consistentes en violencia política contra las mujeres en razón de género; sin embargo se declaró la inexistencia de las conductas denunciadas por violencia política contra la mujer en razón de género dado que del análisis de las pruebas que obran en el expediente no se acreditó ningún acto o manifestación en contra de la denunciante que vulnere su integridad o menoscabo de un derecho.

Asimismo, en el Cuaderno Incidental CI-4/JDC/011/2022, que fuera presentado por Laura Esther Andrade Díaz en contra de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, por el presunto incumplimiento de sentencia, el Pleno por unanimidad de votos determinó infundado este incidente y dio por cumplido lo ordenado en la sentencia del 8 de abril de 2022 dictada por este Tribunal en el juicio de la ciudadanía -JDC/011/2022-. (Noticaribe)

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