CIUDAD DE MÉXICO, MX.- El Instituto Nacional Electoral (INE) negó aplicar medidas cautelares en contra de la jefa de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), Claudia Sheinbaum Pardo, el titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Marcelo Ebrard, y el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, por actos anticipados de precampaña y campaña, publicó infobae.com.
De acuerdo con la Comisión de Quejas y Denuncias del órgano electoral, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó tres solicitudes de medidas cautelares en contra de la mandataria capitalina, el canciller, el secretario de Gobernación y el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña ante la elección presidencial de 2024.
Lo anterior, señaló el INE, derivado de notas periodísticas digitales y en las redes sociales como Facebook y Twitter en las que los tres servidores públicos publicaron pronunciamientos como probables aspirantes a la presidencia de la República durante su asistencia a eventos de carácter proselitista.
Esto, en el marco de las campañas que se celebran en Hidalgo, Durango, Aguascalientes, Quintana Roo, Oaxaca y Tamaulipas, “lo que podría constituir en opinión del denunciante un posicionamiento anticipado ante la ciudadanía rumbo a la elección presidencial de 2024, lo cual vulnera la equidad de la contienda”, explicó el Instituto Electoral.
Asimismo, el partido tricolor denunció la presunta responsabilidad atribuible a Morena derivado de las conductas denunciadas de parte de sus militantes.
Ante esto, la Comisión de Quejas y Denuncias declaró improcedente la medida cautelar, pues indicó que no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar respecto al retiro de las notas periodísticas de los medios digitales o las publicaciones en redes de los morenistas.
Asimismo, la Comisión estimó que “de las frases denunciadas, bajo la apariencia del buen derecho, no se aprecian expresiones que, de manera objetiva, manifiesta, abierta inequívoca y sin ambigüedades, soliciten el apoyo en favor o en contra de una opción electoral, sino expresiones y opiniones que reflejan la ideología y simpatía hacía una candidatura partidista”.
En cuanto a la tutela preventiva, el colegiado declaró improcedente la solicitud, pues explicó que se trata de hechos futuros de realización incierta. (Fuente: infobae.com)