Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – Por considerar que el video presentado por el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) constituye una prueba ilícita y carece de valor probatorio en materia electoral, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró inexistentes los supuestos actos violatorios al principio de laicidad por parte de la ex candidata de la coalición “Va por Quintana Roo”, Laura Fernández Piña.
Al atender el Procedimiento Especial Sancionador PES/080/2022 interpuesto por el partido Morena contra Fernández Piña, los magistrados declararon la inexistencia de las conductas denunciadas, dado que del análisis del video aportado por dicho partido, obtenido de una conversación privada en la plataforma de mensajería instantánea WhatsApp, constituye una prueba ilícita, pues no fue presentada por ninguna de las partes intervinientes en dicha conversación, por lo que carece de todo valor probatorio en materia electoral.
De ahí que al excluirse tal medio de prueba, no existen mayores elementos de convicción que acrediten los hechos denunciados.
Durante la sesión de este jueves, los magistrados del Teqroo determinaron sobreseer el Procedimiento Especial Sancionador PES/075/2022 también presentado por Morena contra Fernández Piña por la supuesta propaganda de contenido calumnioso publicado en las redes sociales Facebook y Twitter, toda vez que dicho partido no cumple con el requisito de legitimación, ya que en todo caso debió presentarla la hoy Gobernadora electa, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa.
En atención a lo anterior, el Teqroo dejó a salvo los derechos para que Mara Lezama realice lo que a su derecho corresponda. (Noticaribe)