“Dragon Mart” no presentó solicitud a la Semarnat

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CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) no ha recibido ninguna solicitud de trámite alguno por parte del Proyecto Dragon Mart; hasta el momento todos los trámites que han realizado son con autoridades locales, afirmó Laura Aguilar, coordinadora de Comunicación Social de la dependencia.

Sin embargo, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente define que aquellos proyectos que afecten cuerpos de agua conectados al mar deben contar con autorización en materia de impacto ambiental, permiso que corresponde a las autoridades federales.

Así lo considera el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), organización opositora al megaproyecto de inversión china en Cancún, Quintana Roo.

El artículo 28 de la ley establece qué proyectos deben ser evaluados por la Semarnat y señala que las obras que se llevan a cabo dentro de ríos, lagos, lagunas que estén conectados al mar deben ser evaluados a nivel federal, y en este caso el proyecto se va a llevar a cabo en un sitio donde ya existen lagunas y un río subterráneo que está conectado al mar, por lo que se requiere de una manifestación de impacto ambiental federal, explicó en entrevista Alejandra Serrano, coordinadora de la oficina sureste del Cemda.

Impugnación

Hasta ahora, el proyecto cuenta con una manifestación de impacto ambiental otorgada por la autoridad local, la cual impugnó dicha organización en razón de que contraviene al procedimiento.

La ley estatal señala que cuando un proyecto ingresa a evaluación de impacto ambiental y cuando es autorizado debe ser publicado en el periódico oficial del estado y ninguna de estas dos cosas ocurrió.

Pese a ello, el Cemda solicitó la consulta pública –procedimiento que permite a las organizaciones, académicos y comunidad en general opinar sobre el proyecto por un periodo de 20 días–, a solicitud de los miembros de la comunidad de Puerto Morelos y de Cancún y se nos negó la consulta pública sin fundamento alguno, recordó.

Sobre el campo de acción de las autoridades ambientales del gobierno federal, éstas no pueden hacer nada mientras no inicie formalmente la obra y se incurra en alguna violación a la norma, en este caso, por no contar con autorización de manifestación de impacto ambiental federal. (Fuente: La Jornada)

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