Confirma Teqroo acuerdos del Ieqroo sobre prohibición a candidatos para usar imagen de AMLO

0
25

Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo confirmaron el acuerdo del Ieqroo mediante el cual se negaron las medidas cautelares solicitadas por el partido Encuentro Social en contra de candidatos de.la coalición “Juntos haremos historia” en los municipios de Bacalar, Solidaridad y Benito Juárez por el uso de la imagen de Andrés Manuel López Obrador en sus propagandas.

Los Recursos de Apelación RAP/042/2018, RAP/043/2018 y RAP/044/2018, los presentó el Partido Encuentro Social en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEQROO donde controvierte los acuerdos en los cuales se determinó denegar las medidas cautelares solicitadas en diversos escritos de quejas contra la propaganda de candidatos de la coalición ‘’Junto haremos historia’’, al utilizar en su propaganda la imagen de Andrés Manuel López Obrador.

La materia de las quejas, versó en el RAP/042/2018 sobre la propaganda del candidato a la presidencia municipal de Bacalar, Rivelino Valdivia Villaseca; en el RAP/043 de la candidata a la presidencia municipal de Benito Juárez, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa y en el RAP/044 del candidata a la presidencia municipal de Solidaridad, Laura Beristaín Navarrete.

Al respecto los magistrados del pleno determinaron confirmar los acuerdos que niegan las medias cautelares solicitadas, toda vez que el acuerdo fue dictado en estricto derecho puesto que la propaganda denunciada se generó bajo la misma plataforma electoral y su contenido no llevaría al electorado a confusión.

El Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano Quintanarroense identificado con el expediente JDC/072/2018 lo presentó el ciudadano Emiliano Vladimir Ramos Hernández en contra del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, contra el acuerdo ACU/XVIII/AZH/2018 del CEN del PRD, que da cumplimiento a la sentencia recaída en los expedientes SX-JDC-346/2018 y SX-JDC-347-2018 dictados por la Sala Xalapa del TEPJF, donde el impugnante se duele de la designación del ciudadano José Luis Acosta Toledo, como candidato a Presidente Municipal de Benito Juárez.

En este asunto, el pleno determinó sobreseer el juicio ciudadano debido a que este Tribunal ya emitió un pronunciamiento de fondo respecto de su pretensión al declarar inelegible al ciudadano José Luis Acosta Toledo, por lo cual queda sin materia el presente recurso.

El Procedimiento Especial Sancionador PES/021/2018 lo interpuso el Partido del Trabajo en contra de Alexander Zetina Aguiluz, candidato a la Presidencia Municipal de Bacalar.

El partido denuncia supuesta participación de personal que labora en el Ayuntamiento de Bacalar en la realización de campaña a favor de Zetina Aguiluz.

En este procedimiento, los Magistrados del pleno determinaron declarar inexistentes las conductas denunciadas. (Noticaribe)

Comentarios en Facebook