Castigarán hasta con tres años de cárcel a personas que cometan ciberacoso en Yucatán

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Por Jéssica García

MÉRIDA, MX.- A partir de este día, se sancionará de seis meses a tres años de prisión y de cincuenta a doscientos días de multa a las personas que sean responsables de cometer ciberacoso en Yucatán.

Este día fue publicado en el Diario Oficial del Estado la reforma al Código Penal estatal, en donde incluso hubo una modificación en el Capítulo V Ter, porque antes se denominaba como “Delitos Informáticos”, pero a petición de mujeres yucatecas que han denunciado, ya se consideran como “Delitos Informáticos y Cibernéticos”.

De acuerdo con el Artículo 243 bis, comete el delito de ciberacoso quien “intimide y asedie a cualquier persona, a pesar de su oposición, por medio de las Tecnologías de la Información y Comunicación, tales como redes sociales, mensajería instantánea, correo electrónico o cualquier otro medio digital; mediante el envío de mensajes de texto, videos, impresiones gráficas, sonoras o fotografías”.

En este sentido, el delito se perseguirá a petición de la parte ofendida, salvo que la víctima sea menor de edad o por cualquier circunstancia sea incapaz de comprender el delito, en cuyo caso se perseguirá de oficio.

Cabe señalar que en Yucatán, de acuerdo con el Módulo sobre Ciberacoso (Mociba) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), son las mujeres las más expuestas a ser víctimas de este tipo de delitos.

Además, específicamente en Yucatán, tan sólo en 2017 fueron más de 115 mil las mujeres que sufrieron algún tipo de acoso a través de las redes sociales.

Incluso, la edad no es impedimento para ser acosadas, ya que las edades de las víctimas oscilan entre los 12 y 59 años.

En este tipo de delitos también hay hombres que son víctimas y en ese mismo año fueron más de 88 mil los afectados.

Algunas de las formas a las que recurren quienes cometen este delito es en hacer constantemente propuestas de tener relaciones sexuales o bien, envían mensajes con contenido sexual, es decir, videos o fotos.

El Inegi registra casos de acoso cuando se trata de mensajes y llamadas ofensivas, contacto mediante cuentas que mayormente pertenecen a identidades falsas, insinuaciones o propuestas sexuales, rastreo de cuentas o sitios web, además que también se trata cuando se burlen de una persona bajo cualquier circunstancia. (Noticaribe) 

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