QUE SIEMPRE NO: Declara Teqroo improcedente solicitud de dirigente sindical de Congreso por violencia política de género interpuesta contra presidente de Jugocopo

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Por considerar que “no se encuentran, ni siquiera de manera indiciaria, los elementos que generen convicción sobre expresiones, actos o conductas relacionadas con la violencia política de género”, por mayoría, los magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmaron el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo mediante el cual declaró improcedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas por la secretaria general del Sindicato de Trabajadores del Congreso, Mercedes Rodríguez Ocejo, en contra del diputado Gustavo Miranda, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo) y funcionarios del poder legislativo.

Los magistrados resolvieron el Recurso de Apelación RAP/012/2020 promovido por la Secretaría General del Sindicato de trabajadores del Congreso del Estado, Mercedes Guadalupe Rodríguez Ocejo en contra de la resolución que emitiera la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo a través del Acuerdo IEQROO/A-MC-015/2020, mediante el cual declaró improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por la hoy impugnante.

En el proyecto de acuerdo presentado por el magistrado presidente Víctor Vivas Vivas, se confirmó el Acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del IEQROO, toda vez que de las pruebas técnicas y documentales que obran en el expediente, no es posible advertir la violación de los derechos de la mujer en razón de género, por lo que el Ieqroo actuó exhaustivamente y apegada a la legalidad al emitir su resolución, por lo que no era procedente dictar ninguna medida cautelar.

Sin embargo, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca votó en contra de la resolución, ya que en el proyecto se justifica el declarar infundado los impugnados por la quejosa, ya que lo sitúa dentro de un contexto laboral, lo cual resulta incongruente y pretende normalizar tales tratos como algo correcto y soportable para las mujeres. Pasando desapercibido que incluso un cargo de elección electoral existen relaciones laborales”.

Explicó que, cuando derivado de las reformas, el que se otorgue medidas cautelares y de protección a las víctimas no significa que en la resolución final necesariamente exista o se acredite la Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género.

Aparte de haber otorgado dicha protección en su integridad física a la víctima, se debió haber exhortado a los denunciados el de no efectuar actos, manifestaciones u omisiones que pudieran constituir Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y reconocerle su calidad de Secretaria General del Sindicato Único de Trabajadores del Honorable Congreso del Estado, si de autos no se observa medio idóneo alguno que le impida tal reconocimiento”, afirmó.

Mercedes Guadalupe Rodríguez Ocejo acusó al presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jucopo) Gustavo Miranda, por violencia política en razón de género, por desconocer su calidad de dirigente sindical, y además quitarle compensaciones laborales, entre otros agravios.

Por ello, la denunciante solicitó medidas cautelares para que el presidente de la Jucopo no desconozca su calidad de secretaria del Sindicato, no le recorten el salario integrado, que le reintegren lo recortado desde el 15 de octubre, y que Gustavo Miranda emita un documento público en el cual reconozcan al Sindicato.

La acusación no sólo incluye a Gustavo Miranda, titular de la Jucopo, sino también al secretario general, Renán Sánchez Tajonar; a Eugenio Segura Rodríguez, subsecretario de Servicios Administrativos, y a Benjamin Baca González, subsecretario de Servicios Legislativos. (Noticaribe)

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