Deberá Ieqroo profundizar investigaciones sobre quejas interpuestas contra Mara Lezama por sobreexposición de imagen en medios y contra Morena por tratar e influir en el proceso de Revocación de Mandato

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – El Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) deberá reponer el procedimiento iniciado contra Maria Hermelinda Lezama Espinosa por sobreexposición de imagen en medios y otro contra el partido Morena por la colocación de espectaculares con el propósito de influir en la consulta sobre Revocación de Mandato para que el Tribunal electoral de Quintana Roo (Teqroo) pueda pronunciarse respecto a Procedimientos Especiales Sancionadores interpuestos.
Durante la sesión de este viernes, los magistrados del Teqroo aprobaron por unanimidad devolverle al Ieqroo el Procedimiento Especial Sancionador PES/119/2021 interpuesto por Javier Enrique Domínguez Abasolo contra Mara Lezama y otros por la supuesta sobreexposición de imagen en medios y posicionamiento anticipado a través de medios para que reponga el procedimiento y atienda la prueba superviniente aportada por el denunciante y se pronuncie respecto a la procedencia del desistimiento presentado por el denunciante.
También fue devuelto al Ieqroo el procedimiento especial sancionador promovido por el partido Acción Nacional contra el partido Morena y/o quien resulte responsable por la presunta colocación ilegal de espectaculares en distintos lugares del Estado, con la intención de influir en el proceso de revocación de mandato para que agote las diligencias necesarias y tener por debidamente colmada la facultad de investigación realizando la inspección ocular para verificar la existencia o no de uno de los espectaculares denunciados,
En el Procedimiento Especial Sancionador PES/088/2021, que fuera presentado por el partido Movimiento Ciudadano en contra de Sofía Alcocer Alcocer y la coalición “Va por Quintana Roo”, por gastos excesivos de campaña en propaganda, utilitaria y de eventos públicos y masivos, el Pleno por unanimidad de votos determinó sobreseerlo, al sobrevenir una causal de improcedencia por no ser competencia del orden local los asuntos que motivaron la denuncia, aunado a que la supuesta violación en materia de propaganda política electoral únicamente se relaciona con la materia de fiscalización que ya fue resuelta por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral. (Noticaribe)
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