Presunto violador evade cárcel por un año, al diferir juez 15 veces audiencia

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CANCÚN, MX.- Norberto N., denunciado por violación y con un expediente con evidencias presentado ante un juez, ha logrado por más de un año retrasar la acción de la justicia y así evitar la cárcel preventiva obligada, ya que por distintos motivos el juez que lleva su caso ha diferido la audiencia en 15 ocasiones.

El colectivo femenil “Xtabay” criticó la revictimización de quien sufrió este delito, pues ella ha tenido que acudir en 15 ocasiones a tribunales, siempre descubriendo que no se efectuará la esperada audiencia, por la supuesta enfermedad del acusado, por la inasistencia del ministerio público o por cambio de abogado.

La audiencia debió efectuarse en marzo del año pasado, pero en aquella ocasión, no acudió la ministerio público Pascuala Ruiz Vázquez, por lo que el juez Rodrigo Barrera Díaz otorgó un diferimiento, el primero de 15 que han sido otorgados. Hasta la fecha, 14 meses después, todavía no se realiza esta diligencia.

Destaca que en tres otras ocasiones tampoco acudió la agente del ministerio público, que ha sido cambiada en tres ocasiones, en tanto que, en otras dos audiencias, la nuevas agentes pidieron diferir por desconocer el caso.

A eso se suman dos audiencias diferidas por no haber notificado al imputado a tiempo, unaque el juez no pudo atender por empalmarse con otra audiencia, además de la última audiencia, diferida por un juez, por el reclamo de un abogado defensor por la falta de un estudio, sin que esté facultado para realizar esto.

En tanto, el acusado declaró a través de su defensa estar enfermo en tres ocasiones, además de cambiar a su abogada en una ocasión y una más en que no acudió la abogada, sin presentar justificación.

De esta forma, la Fiscalía General del Estado fue responsable por siete de estos retrasos; el Poder Judicial, por inacción de su actuario o fallas del juez, es responsable de cuatro veces, y el acusado dilató este proceso en otras cuatro veces.

Es de destacar que, a diferencia de la víctima, el acusado a menudo no acude a estas audiencias, que son efectuadas por videoconferencia, pero hasta ahora no ha sido sancionado ni ha avanzado el proceso en rebeldía, ante las mencionadas fallas por parte de la Fiscalía o el Poder Judicial.

La abogada de la víctima ha manifestado en reiteradas ocasiones que, al tratarse de una videoconferencia, no hay justificación para inasistir por motivos de salud, además que el acusado ni siquiera presenta un documento con valor legal expedido por un médico.

Luego de la décimo quinta audiencia fracasada, en la que ahora se asigna fecha hasta el 16 de junio, la víctima declaró que las autoridades de forma reiterada han violado su derecho al acceso a la justicia de forma pronta y expedita, con una evidente prioridad dada a los derechos del imputados por sobre los de ella.

CRONOGRAMA DE AUDIENCIAS DIFERIDAS:

21 de marzo de 2025
La audiencia se difirió por la inasistencia de la Fiscal del Ministerio Público.

14 de mayo de 2025
La audiencia se difirió porque era la primera intervención de una nueva Fiscal del Ministerio Público.

19 de junio de 2025
La audiencia se difirió debido a que el abogado defensor del imputado justificó su ausencia por motivos de salud.

4 de julio de 2025
La audiencia se difirió porque el imputado cambió de abogado y la nueva defensa solicitó tiempo para conocer la carpeta de investigación.

25 de julio de 2025
La audiencia se difirió por una supuesta enfermedad del imputado. La asesoría jurídica de la víctima cuestionó la validez del justificante médico y solicitó su verificación.

9 de octubre de 2025
La audiencia se difirió porque una audiencia urgente previa ocupó el tiempo del juzgado, generando imposibilidad material para celebrarla.

21 de noviembre de 2025
La audiencia se difirió por la inasistencia del imputado y su defensa. Además, el imputado no había sido notificado dentro del plazo legal.

2 de diciembre de 2025
La audiencia se difirió nuevamente por la inasistencia del imputado. La defensa se negó a proporcionar información sobre su paradero.

8 de enero de 2026
La audiencia se difirió porque el imputado volvió a justificar su ausencia por motivos de salud. La representación de la víctima volvió a cuestionar la validez del justificante médico y solicitó la intervención del médico que lo emitió.

10 de febrero de 2026
La audiencia se difirió porque no se conectaron ni el imputado ni la Fiscal del Ministerio Público. Se solicitó la designación de un fiscal titular para evitar más retrasos.

19 de febrero de 2026
La audiencia se difirió porque la nueva Fiscal manifestó no conocer aún la carpeta de investigación debido a un reciente cambio de adscripción.

27 de febrero de 2026
La audiencia se difirió por tercera ocasión debido a la inasistencia de la defensa particular del imputado.

10 de marzo de 2026
La audiencia se difirió nuevamente por la ausencia de la Fiscal titular. Además, el imputado nombró a un tercer abogado defensor, solicitando más tiempo para que conociera el expediente.

26 de marzo de 2026
La audiencia se difirió porque ninguna de las fiscales asignadas se presentó. También se registró un nuevo cambio de defensa por parte del imputado.

27 de mayo de 2026
La audiencia fue diferida nuevamente a petición de la defensa, argumentando que aún no se incorporaba a la carpeta de investigación el resultado de una prueba de ADN. La víctima considera que esta decisión vulnera su derecho de acceso a una justicia pronta y expedita.

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